Eulixe

El Constitucional se posiciona a favor de dar más estabilidad al alquiler

La sentencia del Tribunal Constitucional (TC) publicada esta semana ha avalado la constitucionalidad de todo el contenido del Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler (a excepción de dos disposiciones adicionales) desestimando así el recurso del PP y de los intereses inmobiliarios.
Tribunal_Constitucional
El Constitucional se posiciona a favor de dar más estabilidad al alquiler

Todos los medios de comunicación de la extrema derecha y próximos a los fondos buitre anunciaron que el TC se pronunciaba en contra del Real Decreto-Ley. Sin embargo, el TC solo ha anulado dos disposiciones adicionales menores (la primera y la tercera) relativas al programa de medidas para promover la oferta en alquiler y a la duración de los convenios en materia de infraestructuras respectivamente. Estas dos disposiciones no forman parte del cuerpo principal del Real Decreto-Ley y quedan anuladas por motivos de inconstitucionalidad que no afectan a las medidas relativas a la modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos ni a la aprobación de un índice de precios de alquiler.

El TC no se posiciona en ningún momento en contra del índice de precios. Al contrario, el máximo órgano judicial constata que "no puede negarse la conexión de este instrumento [el índice de precios] con la situación de extraordinaria y urgente necesidad previamente definida".

No solo eso, sino que además el TC afirma que es totalmente constitucional aprobar el Índice de Precios por Real-Decreto Ley, así como el resto de medidas del Real Decreto-Ley destinadas a mejorar la estabilidad de las personas inquilinas, cuya aprobación era necesaria pero a todas luces insuficiente.

No obstante, la Sentencia comenta que la aprobación del Índice tal como la plantea el Decreto responde a la necesidad de «(…) garantizar la transparencia y el conocimiento de la evolución del mercado del alquiler de viviendas, así como para aplicar políticas públicas que incrementen la oferta de vivienda asequible y para facilitar la aplicación de medidas de política fiscal».

Por este motivo, la previsión sobre el índice de precios del Decreto-Ley aprobado es totalmente insuficiente para poder regular los precios del alquiler y que el acceso a la vivienda a través del alquiler pueda ser una opción accesible para toda la población.

Es necesaria una modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos para que los índices de precio puedan servir para regular los precios de los alquileres. Asimismo, sería necesario que los índices no fueran un reflejo de los desorbitados precios de los alquileres que hay en la actualidad (como está previsto en el Decreto-Ley), sino que incorporaran mecanismos que los ajustaran a las rentas de los y las residentes de la zona.

A pesar de ello, lo cierto es que el TC desestima las alegaciones de la derecha próxima a los fondos buitre, que afirmaba que no se daban las circunstancias de urgente y extrema necesidad en la situación de la vivienda en alquiler, circunstancias que según la Constitución, justifican el uso del Decreto-Ley (y no la vía legislativa ordinaria).

En definitiva, la Sentencia quita la razón a los que minimizan la problemática de la vivienda en el Estado español y que cuestionaban la constitucionalidad de la elaboración de un índice de precios de referencia.

Entendemos que esta Sentencia es una evidencia más de la urgente necesidad de aprobar una reforma de la normativa de vivienda para regular los precios del alquiler.

Artículo original: Sindicat de Llogateres